CONFLICTO PALESTINO – ISRAELÍ
13. Resolución S/2023/792 “On humanitarian pauses in the Gaza Strip”.
“Pausas humanitarias en la Franja de Gaza.»
25 de octubre de 2023
VOTACIONES POR PAÍSES
- Miembros Permanentes: Estados Unidos, Reino Unido, Francia, China, Rusia.
- Miembros No Permanentes: Albania, Ecuador, Gabón, Ghana, Japón, Malta, Suiza, Brasil, Mozambique, y Emiratos Árabes Unidos.
- Aprobada: NO.
- Veto: Sí, China y Rusia.
- Votación: 10-3-2.
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A favor
En contra
Abstención
Detalle del contenido:
No aprobada por los votos negativos de dos miembros permanentes del Consejo de Seguridad (China y Rusia).
A favor: Albania, Ecuador, Francia, Gabón, Ghana, Japón, Malta, Suiza, Reino Unido, Estados Unidos.
En contra: China, Rusia y Emiratos Árabes Unidos.
Abstenciones: Brasil y Mozambique.
Resumen de la ponencia: En un inicio la resolución condena los ataques realizados por Hamás el 7 de Octubre de 2023 y los actos de violencia cometidos contra la población civil, por lo que expresa sus condolencias a las víctimas de esos ataques como a los damnificados por las operaciones militares en la Franja de Gaza.
Aunque reafirma el derecho de los Estados a ejercer su autodefensa, ya sea individual o colectiva, como respuesta a ataques terroristas, el documento remarca que los mismos deben respetar los principios del derecho internacional humanitario. Para de esta forma garantizar la supervivencia de la población civil así como su libertad de movimiento. En este sentido, es que aboga por la implementación de corredores humanitarios que permitan facilitar el ingreso de la ayuda a la Franja de Gaza y asegurar la protección de los trabajadores humanitarios cuya integridad, recuerda el texto, debe ser protegida según el derecho internacional humanitario.
Por último, la resolución le recuerda tanto a las partes, como a la comunidad internacional, la necesidad de tener la máxima moderación posible para evitar que el conflicto armado se expanda por Medio Oriente. También hace hincapié en que la paz entre israelíes y palestinos sólo podrá alcanzarse a partir un compromiso diplomático de larga duración que debe estar basado en la solución de los dos Estados y por esta razón es que insta a los miembros de Naciones Unidas a trabajar diplomáticamente en este sentido.
Link de acceso a la resolución: https://docs.un.org/en/S/2023/792